Impuestos a pagar al comprar en Wallapop, ebay,…

Interesante este artículo en el diario Expansión.

Con fecha 22 de agosto de 2017 la Dirección General de Tributos ha emitido la consulta vinculante V2170/17 pronunciándose sobre la carga impositiva que corresponde a una compraventa de objetos usados entre particulares, que se considera sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Efectivamente y en lenguaje sencillo, ahora todos los que utilizamos los servicios de wallapop, ebay y similares, debemos saber que las ventas de objetos usados entre particulares están sujetas al pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por parte del comprador, al tipo del 4% del VALOR REAL DEL BIEN (que no tiene por qué ser el valor de venta), siempre que éste sea residente en la Comunidad de Madrid.

El intermediario (en este caso la plataforma web) no es el obligado tributario en esa fase de la transacción, lo es el adquirente del bien, siempre que el vendedor sea también un particular. Igualmente dispone que si se han vendido a precio superior al que se compró, el vendedor además tributará en el IRPF por la ganancia que pueda haber obtenido. En caso de no disponer de la factura de compra de dicho bien, no se podrá probar el valor de compra y por tanto, el importe íntegro de la venta se considerará ganancia patrimonial sujeta al IRPF. Por ello, si realizan ventas o compras en estas plataformas, se recomienda pedir y conservar facturas de las compras de los productos que se van a vender a través de las mismas.

Así que atentos de cara a la próxima declaración de la renta. En este artículo se explica bien como declarar estas ventas.

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