Retrasos en vuelos, ¿qué importe reclamar en caso de escalas?

A la hora de reclamar la compensación económica por retraso o cancelación de un vuelo, hay que tener en cuenta los kilómetros de diferencia entre aeropuerto de salida y el de llegada. Pero, ¿qué ocurre cuando existen escalas? ¿Cómo se contabiliza esa distancia?

Dicha cuestión, ha sido muy debatida en los últimos tiempos. Pero tras la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de 7 de septiembre de 2017, ha quedado clara: no hay que tener en cuenta las escalas sino la distancia directa entre aeropuerto de salida y de llegada final.

Es decir, la llamada distancia a vuelo de pájaro –trayecto más corto entre dos puntos de la superficie terrestre (distancia ortodrómica)– que recorrería un vuelo directo entre el aeropuerto de salida y el aeropuerto de llegada

Se deduce que el Reglamento 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, no distingue en que los pasajeros que hayan sufrido retrasos lo hagan mediante un vuelo directo o mediante vuelos de conexión, por lo tanto los pasajeros deben tratarse de igual manera a la hora de calcular el importe de la compensación.

Carmen Rubio

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